Art. 1

Creación de la Agencia

En vigor desde 14 ene 2005
Artículo 1 Creación de la Agencia 1.   Se crea una agencia ejecutiva (en lo sucesivo, «la Agencia») encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito educativo, audiovisual y cultural, cuyo estatuto se rige por el Reglamento (CE) no 58/2003. 2.   La denominación de la agencia es «Agencia ejecutiva en el ámbito educativo, audiovisual y cultural».
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