Art. 1
Creación de la Agencia
En vigor desde 14 ene 2005
Artículo 1
Creación de la Agencia
1. Se crea una agencia ejecutiva (en lo sucesivo, «la Agencia») encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito educativo, audiovisual y cultural, cuyo estatuto se rige por el Reglamento (CE) no 58/2003.
2. La denominación de la agencia es «Agencia ejecutiva en el ámbito educativo, audiovisual y cultural».
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