Art. 5
Estructura organizativa
En vigor desde 15 dic 2004
Artículo 5
Estructura organizativa
1. Un Comité de dirección y un director designados por la Comisión administrarán la Agencia.
2. Los miembros del Comité de dirección se nombrarán por un período de dos años.
3. El director de la Agencia se nombrará por un período de cuatro años.
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