Art. 3
En vigor desde 18 nov 2004
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros y las partes citadas en los artículos 1 y 2.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2004:776:oj#art-3