Art. 1

En vigor desde 2 ago 2004
Artículo 1 La ayuda estatal concedida ilegalmente por Francia, en infracción del artículo 88, apartado 3, del Tratado CE, a France Télécom mediante el régimen de impuesto profesional aplicable a esta empresa durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2002 (establecido por el artículo 18 de la Ley no 90-568 y por el artículo 1654 del CGI) es incompatible con el mercado común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2005:709:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil