Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 19 mar 2022
Las obligaciones referidas a datos estadísticos correspondientes al período que finaliza el 31 de diciembre de 2021 se regirán por el Reglamento (UE) 1409/2013, en su redacción anterior a la modificación operada por el Reglamento (UE) 2020/2011, y por la Circular 2/2015.
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eli/es/cir/2022/03/15/2#disposicion-transitoria-unica

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