Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Norma 11

En vigor desde 5 abr 2019
Los operadores de los sitios web a los que se refiere este capítulo deberán tener a disposición del Banco de España un manual de procedimientos internos que garanticen que el operador del sitio web de comparación y la operativa de este cumplen con los requisitos que les resultan de aplicación, de conformidad con el apartado segundo del artículo 19 del Real Decreto-ley 19/2017 y con el artículo 13 de la Orden ECE/228/2019.
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eli/es/cir/2019/03/29/2#norma-11

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