Capítulo CAPÍTULO 4Secc. Sección 2.ª Idoneidad

Art. Norma 35 quater

En vigor desde 7 abr 2022
Las entidades de crédito comunicarán a la autoridad competente, con una periodicidad semestral, una relación de los miembros del consejo de administración y sus partes vinculadas, directores generales y asimilados a los que se les hubieran concedido préstamos, indicando el DNI o NIF del acreditado, en su caso, el cargo que desempeñe y, en el caso de ser consejero, si es o no ejecutivo, y, en el caso de ser una parte vinculada a un consejero, la relación personal o societaria que determine la comunicación. Asimismo, se desglosará entre créditos, por un lado, y avales y garantías, por otro. La comunicación a que se refiere este apartado indicará los importes concedidos en el semestre, en su caso, y los saldos vivos en la fecha de cierre del semestre. A los efectos de esta norma, las operaciones de préstamo serán las mismas que se establecen en el apartado 1 de la norma 35. No se incluirán en la relación las sociedades integradas en el propio grupo económico de la entidad declarante, salvo que tengan la consideración de partes vinculadas a los consejeros. Se añade por la norma primera.29 de la Circular 3/2022, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2022-5524#np

Tus anotaciones

Pro

eli/es/cir/2016/02/02/2#norma-35-quater

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil