Capítulo CAPITULO 11

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 10 feb 2016
Se da nueva redacción al apartado 3 de la norma primera de la Circular del Banco de España 4/2010: «3. En caso de que la relación de agentes que debe figurar como anexo de la memoria anual de las entidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.4 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, incluya a las personas a que se refiere el apartado anterior, estas se separarán de forma clara y comprensible de los agentes a que se refiere el apartado 1.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/cir/2016/02/02/2#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil