Capítulo CAPITULO 11
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 10 feb 2016
Se da nueva redacción al apartado 3 de la norma primera de la Circular del Banco de España 4/2010:
«3. En caso de que la relación de agentes que debe figurar como anexo de la memoria anual de las entidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.4 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, incluya a las personas a que se refiere el apartado anterior, estas se separarán de forma clara y comprensible de los agentes a que se refiere el apartado 1.»
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Proeli/es/cir/2016/02/02/2#disposicion-final-segunda