Secc. Seccion quinta. Informes de actuacion e informes especiales

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 ene 2010
La Intervención General de la Defensa y la Intervención General de la Seguridad Social, para la aplicación y adaptación de la presente Circular en su ámbito, dictarán las Instrucciones que contemplen sus particularidades.
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eli/es/cir/2009/09/16/2#disposicion-adicional-primera

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