Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª De la Secretaría General›§ Subsección 1.ª De los servicios y unidades
Art. 32
En vigor desde 14 jul 2014
Corresponderá al Servicio de Estudios la programación y elaboración de cuantos trabajos en materia doctrinal, jurisprudencial y legislativa se estimen necesarios en atención a las funciones del Tribunal.
Se añade por el art. único.2 del Acuerdo de 11 de julio de 2014. Ref. BOE-A-2014-7407 . Se deroga por el .9 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2002. Ref. BOE-A-2002-25041 .
Tus anotaciones
Proeli/es/a/1990/07/05/(1)#art-32