Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 1 ene 2003
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo quedará sin efectos el Acuerdo de 3 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del día 3 de agosto de 1990.
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eli/es/a/2002/12/19/(1)#disposicion-derogatoria

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