Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 119
En vigor desde 1 ene 2021
1. La investigación en equipo en la Universidad se realiza mediante los Grupos de Investigación.
2. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación, establecerá reglamentariamente las condiciones que han de reunir los grupos para ser incluidos en el catálogo de Grupos de Investigación Reconocidos de la Universidad de Valladolid.
3. Un grupo podrá solicitar su constitución como Grupo de Investigación Reconocido mediante la presentación a la Comisión de Investigación, para su aprobación por el Consejo de Gobierno, de una propuesta que incluya, junto a los documentos que la Comisión de Investigación pueda establecer, la denominación del grupo, el plan de actuación, los integrantes iniciales y el Reglamento de funcionamiento interno.
4. El Consejo de Gobierno establecerá, a propuesta de la Comisión de Investigación, las líneas generales a las que deberán sujetarse los Reglamentos de los Grupos de Investigación Reconocidos, así como también el procedimiento para su creación, modificación y supresión.
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Proeli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-119