Art. 231 · (antiguo artículo 198 TCE)
Título SECCIÓN PRIMERACapítulo EL PARLAMENTO EUROPEO

Art. 231

188 / 358

(antiguo artículo 198 TCE)

En vigor desde 7 jun 2016
Salvo disposición en contrario de los Tratados, el Parlamento Europeo decidirá por mayoría de los votos emitidos. El reglamento interno fijará el quórum.
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