Título CAPÍTULO 3›Capítulo PROHIBICIÓN DE LAS RESTRICCIONES CUANTITATIVAS ENTRE LOS ESTADOS MIEMBROS
Art. 34
89 / 358(antiguo artículo 28 TCE)
En vigor desde 7 jun 2016
Quedarán prohibidas entre los Estados miembros las restricciones cuantitativas a la importación, así como todas las medidas de efecto equivalente.
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Procelex:12016E/TXT#art-034