Art. 4 bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 4 bis

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En vigor desde 15 nov 2025
1. Tras la elección de la Mesa de edad, los Senadores deberán prestar juramento o promesa de acatamiento a la Constitución. 2. Un Secretario de la Mesa de edad tomará la declaración de acatamiento al Presidente de la misma, y este, a su vez, a todos los Senadores, empezando por los Secretarios y continuando por orden alfabético por los restantes. 3. A tales efectos, se leerá la fórmula siguiente: “¿Juráis o prometéis acatar la Constitución?”. Los Senadores se acercarán sucesivamente ante la Presidencia para hacer la declaración, contestando “sí, juro” o “sí, prometo”. Se añade por el art. único.3 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-23055

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eli/es/reg/1994/05/03/(1)#art-4-bis