Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 188
216 / 238En vigor desde 16 jun 2000
La propuesta para que el Pleno de la Cámara plantee un conflicto de atribuciones con otros órganos constitucionales del Estado deberá presentarse por un Grupo parlamentario o 25 Senadores en texto escrito debidamente motivado.
Se modifica por el de la Reforma del Reglamento de 14 de junio de 2000. Ref. BOE-A-2000-11370 .
Tus anotaciones
Proeli/es/reg/1994/05/03/(1)#art-188