Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Normas de ingreso

Art. 15

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En vigor desde 23 jun 1969
Los lugares, la fecha, el programa y la composición del Tribunal para los exámenes de ingreso en el Colegio serán determinados por la Junta de Gobierno del mismo, y las convocatorias serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» con cuatro meses, como mínimo, de antelación a la iniciación de las pruebas y con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento Administrativo de Oposiciones y Concursos.
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eli/es/res/1969/01/28/(1)#art-15