Art. Parte dispositiva
En vigor desde 22 mar 2019
1. Restricciones
Establecer las restricciones a la circulación, a la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos o usos excepcionales de la vía y la realización de obras o actuaciones de conservación y mantenimiento que se determinan en el punto 1 del anexo de esta Resolución.
2. Excepciones a las restricciones
Se establecen las excepciones a las restricciones a las que hace referencia el punto 2 del anexo de esta Resolución.
3. Sanciones y medidas cautelares
En virtud de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, las infracciones del contenido de esta Resolución se denuncian por incumplimiento de lo que establece la legislación vigente sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Asimismo, y de conformidad con esta misma norma, como medida cautelar, la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra puede parar o inmovilizar un vehículo e incluso retirarlo de la vía pública, hasta que finalice la restricción o se le autorice la continuación, siempre que cause riesgo o perturbe de forma grave el desarrollo de la circulación.
4. Derogación
Mediante esta Resolución se deja sin efecto la Resolución INT/3014/2017, de 29 de diciembre, por la que se establecen las restricciones durante el año 2018, así como la Resolución INT/1865/2018, de 27 de julio, que modifica a la anterior.
5. Entrada en vigor y periodo de vigencia
Esta Resolución entrará en vigor a los 8 días de la publicación en el «DOGC», y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019. No obstante, su contenido quedará prorrogado automáticamente hasta la entrada en vigor de la resolución de restricciones correspondiente al año 2020, con la aplicación análoga que le corresponda por fechas.
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Proeli/es-ct/res/2019/03/07/int593#parte-dispositiva-pa