Art. Tercero
3 / 5En vigor desde 18 jul 2020
Esta resolución producirá efectos al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El personal incluido en el ámbito de aplicación de esta resolución deberá:
− Cumplir lo previsto en su anexo I desde la fecha en la que la resolución produzca efectos; y
− remitir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el plazo máximo de los diez días naturales siguientes a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la declaración de cumplimiento que se recoge en el anexo II.
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Proeli/es/res/2020/07/09/(2)#tercero