Art. Tercero
3 / 7En vigor desde 16 mar 2023
De acuerdo con lo previsto en el apartado tercero 2.f), último párrafo, de la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, el pago telemático de las tasas previstas en la presente resolución se efectuará a través de la Pasarela de Pagos disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el procedimiento establecido en el apartado cuarto de la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo.
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Proeli/es/res/2023/02/09/(2)#tercero