Art. Sexto

Art. Sexto

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En vigor desde 16 mar 2023
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en la presente resolución. En particular, queda derogada la Resolución, de 24 de junio de 2003, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se establece el procedimiento para la solicitud de autorizaciones de venta con recargo mediante la presentación telemática de las autoliquidaciones y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa devengada por el ejercicio de la venta de labores de tabaco con recargo.
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eli/es/res/2023/02/09/(2)#sexto