Art. Tercero
3 / 4En vigor desde 15 feb 2015
1. El ejercicio de competencias delegadas en virtud de la presente Resolución se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas establecidas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia mediante la mención de esta Resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de los previsto en el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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Proeli/es/res/2015/01/08/(3)#tercero