Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 14 jul 2015
La presente Resolución será de aplicación a los centros gestores de la Administración General del Estado, de sus Organismos Autónomos y de los Organismos Públicos de Investigación incluidos en el ámbito de aplicación de la función interventora.
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eli/es/res/2015/07/07/(1)#segundo