Art. Parte dispositiva

Art. Parte dispositiva

En vigor desde 19 oct 2011
De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil, ante el riesgo de accidentes en transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias publica periódicamente, y pone a disposición de los interesados los teléfonos para notificación de las emergencias producidas en este tipo de transportes. Dadas las variaciones que se han registrado y a fin de facilitar el conocimiento de dichos números telefónicos entre los sectores profesionales interesados, principalmente transportistas de mercancías peligrosas. Esta Dirección General ha resuelto la publicación de los números telefónicos a utilizar para la notificación de accidentes y otros datos de interés en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril y que figuran en el siguiente anexo. La presente Resolución deja sin efecto a la de 29 de marzo de 2006, de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, por la que se hace pública la nueva relación de números telefónicos a utilizar para la notificación de accidentes y otros datos de interés en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril («Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril).
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