Art. Cuarto

Art. Cuarto

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En vigor desde 7 may 2020
Esta resolución será efectiva desde el día siguiente de su firma, y será comunicada de forma fehaciente a las Administraciones interesadas, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la suspensión de plazos previstos en la disposición adicional tercera del RD 463/2020, de 14 de marzo.
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eli/es/res/2020/05/06/(3)#cuarto