Art. 3
3 / 14En vigor desde 24 may 2008
3. Beneficiarios
Como parte del contenido de la asistencia sanitaria podrán ser beneficiarios de todas las prestaciones reguladas en esta Resolución, los titula-res y demás beneficiarios de dicha asistencia.
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Proeli/es/res/2008/05/06/(2)#3