Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 54
54 / 90En vigor desde 27 abr 2013
El Comité Nacional Antidopaje de la Federación Española de Pesca y Casting se encargará del cumplimiento de las normas específicas cuya finalidad sea la protección de la salud y la lucha contra el dopaje en el deporte.
Vigilará el desarrollo de los controles asegurando se cumpla la normativa vigente.
Es facultad de este comité fijar las competiciones en las que se realizará control de dopaje.
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Proeli/es/res/2013/06/06/(1)#art-54