Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 34
35 / 68En vigor desde 12 mar 2025
Dentro de la CNMV se llevará un Registro General, que tendrá carácter electrónico, en el que se dejará constancia de todos los escritos o comunicaciones presentados, tanto de forma presencial como electrónica, en la CNMV. En este mismo Registro se anotarán las salidas de los escritos y comunicaciones dirigidos a otros organismos, entidades o particulares.
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Proeli/es/res/2025/03/05/(1)#art-34