Art. 28
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 28

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En vigor desde 22 jun 2012
De conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones prestará todo el auxilio y colaboración que le requiera cualquier órgano de la Administración de Justicia.
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eli/es/res/2012/04/05/(1)#art-28