Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 5 jun 2021
Dejar sin efectos la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de fecha 14 de agosto de 2020, la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública frente al COVID-19 en relación con la vacunación frente a la gripe, de fecha 27 de agosto de 2020, la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para reforzar la aplicación de las medidas de control de la COVID-19 en los próximos meses, de fecha 9 de septiembre de 2020 y la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo que se deriva de la asistencia de público a acontecimientos deportivos profesionales de carácter internacional durante la fase de transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, de fecha 28 de octubre de 2020.
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eli/es/res/2021/06/04/(2)#segundo