Art. 3
Título TÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 3 may 1993
El Consejo Económico y Social tendrá su sede en Madrid y celebrará en ella sus sesiones de trabajo. No obstante, podrán celebrarse excepcionalmente sesiones plenarias en cualquier otro lugar, previo acuerdo expreso del Pleno.
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eli/es/res/1993/03/31/(1)#art-3