Art. Parte dispositiva

Art. Parte dispositiva

El 3 de marzo de 2026, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, acordó establecer el catálogo de acuíferos compartidos entre demarcaciones hidrográficas, previo informe del Consejo Nacional del Agua. La aprobación de este catálogo se produce en cumplimiento de la disposición final primera del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el fin de que el catálogo de acuíferos compartidos establecido reciba la mayor difusión posible, resuelvo la publicación del mencionado acuerdo, que se incluye como anexo de esta resolución. Por otra parte, en el siguiente enlace del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, puede consultarse el catálogo, la información técnica asociada y la cartografía de referencia: https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/planificacion-hidrologica/documentacion-normativa-otros/aguas-subterraneas.html.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2026/03/30/(5)#parte-dispositiva-pa