Art. Segundo
2 / 129En vigor desde 13 nov 2009
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2009/11/03/(1)#segundo
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli/es/res/2009/11/03/(1)#segundo