Art. 9
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO 4

Art. 9

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En vigor desde 21 may 2024
La FEPyC, dentro de su ámbito de competencias, y sin perjuicio de las que correspondan a las Federaciones de ámbito autonómico, tiene jurisdicción en todo el territorio español e incluso fuera del mismo, sobre las personas físicas y jurídicas integradas en la misma. La organización territorial de la FEPyC será realizada conforme a la distribución del Estado en Comunidades Autonómicas y Ciudades Autónomas.
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eli/es/res/2024/05/03/(4)#art-9