Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO 2›Secc. Sección 5.ª Elección de los órganos de gobierno y representación
Art. 43
43 / 83En vigor desde 21 may 2024
Las vacantes que se producen en el seno de la Asamblea General podrán cubrirse en los términos que se encuentren previstos en el Reglamento Electoral.
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Proeli/es/res/2024/05/03/(4)#art-43