Art. 13
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO 7

Art. 13

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En vigor desde 21 may 2024
La FEPyC cumplirá las normas de protección integral a la infancia y la adolescencia en los términos que, en cada caso, se encuentren previstos en las disposiciones normativas vigentes. La FEPyC aprobará cuantos protocolos o documentos sean precisos para lograr tal fin.
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eli/es/res/2024/05/03/(4)#art-13