Art. Regla 61
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Regla 61

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En vigor desde 18 sept 2014
1. El estado demostrativo de acreedores no presupuestarios por columnas y por cada cuenta del plan que corresponda expresará los siguientes datos: concepto no presupuestario; descripción; saldo a 1 de enero; abonos realizados en el ejercicio; total acreedores; cargos realizados en el ejercicio y acreedores pendientes de pago en 31 de diciembre. 2. Estos documentos se editarán con la frecuencia que se considere adecuada y siempre en fin de mes y ejercicio, totalizándose por niveles superiores. 3. Con los datos acumulados de los diferentes centros de gestión, se presentará el estado de cada entidad gestora y de la Tesorería General de la Seguridad Social. La misma información se presentará para las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
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eli/es/res/2014/07/03/(3)#regla-61