Libro ANEXO
Art. Quinto
5 / 11En vigor desde 1 nov 1996
Con la información y listado resumen indicados en los apartados anteriores, los Ministerios, organismos autónomos, entidades de Derecho Público y entes públicos, remitirán un informe propuesta que incluya:
a) Plan de reubicación de sus unidades por localidades y provincias, especificando el plazo de ejecución de dicha reubicación, las unidades afectadas y los edificios implicados.
b) Edificios que, en su caso, resulten innecesarios y el plazo de su puesta a disposición de patrimonio del Estado.
c) Estimación por localidades y provincias, de sus necesidades inmobiliarias para los próximos cuatro años, con descripción de las características básicas de los edificios que se incluyan en dicha estimación.
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/1996/10/29/(2)#quinto