Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 25 abr 2012
Este protocolo es de aplicación a todos los usuarios que utilicen las instalaciones de descarga de buques metaneros de las plantas de regasificación del Sistema, a los titulares de las mismas y al Gestor Técnico del Sistema (GTS).
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eli/es/res/2012/03/29/(8)#2