Art. Segundo
2 / 6En vigor desde 1 ene 2017
Los precios sin impuestos aplicables a los suministros de gas manufacturado y/o aire propanado en territorios insulares, acogidos a lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en vigor desde las cero horas del día 1 de enero de 2017, serán los indicados a continuación:
Tarifa Fijo (euros/cliente)/mes Variable cent/kWh T.1 Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año. 4,31 5,046543 T.2 Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año. 8,45 4,359143 T.3 Consumo superior a 50.000 kWh/año e inferior o igual a 100.000 kWh/año. 60,38 3,737765 T.4 Consumo superior a 100.000 kWh/año. 181,72 3,427265
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2016/12/29/(1)#segundo