Art. 82
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª De la Secretaría General

Art. 82

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En vigor desde 24 oct 2013
1. La Secretaría General tendrá a su cargo la secretaría de los órganos rectores del Banco de España y la asistencia a los Consejeros. Le corresponderá también la dirección del asesoramiento jurídico de los órganos rectores y, en general, de la institución, así como cualquier otra función que determine la Comisión Ejecutiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81. 2. La Secretaría General depende directamente del Gobernador. Se modifica el apartado 1 por el art. único.12 de la Resolución de 21 de octubre de 2013. Ref. BOE-A-2013-11088 .

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Pro

eli/es/res/2000/03/28/(1)#art-82