Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª De las Direcciones Generales del Banco de España
Art. 81
87 / 103En vigor desde 24 oct 2013
La Comisión Ejecutiva, a propuesta del Gobernador, determinará las funciones y ámbito de actuación de cada Dirección General, dando cuenta al Consejo de Gobierno. El acuerdo de atribución de funciones vigente en cada momento será objeto de publicación en la página web del Banco de España.
Se modifica por el art. único.11 de la Resolución de 21 de octubre de 2013. Ref. BOE-A-2013-11088 .
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2000/03/28/(1)#art-81