Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª De las Direcciones Generales del Banco de España
Art. 80
86 / 103En vigor desde 20 feb 2026
1. Las direcciones generales del Banco de España son:
– Dirección General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago.
– Dirección General de Conducta Financiera y Billetes.
– Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución.
– Dirección General de Economía.
– Dirección General de Estrategia, Personas y Datos.
– Dirección General de Supervisión.
– Dirección General de Relaciones Institucionales, Europeas y Transparencia.
2. La Comisión Ejecutiva, a propuesta del Gobernador, podrá en cualquier momento alterar el número y denominación de las Direcciones Generales dando cuenta al Consejo de Gobierno.
Se modifica el apartado 1 por el art. único.7 de la Resolución de 26 de enero de 2026. Ref. BOE-A-2026-2248 Se modifica el apartado 1 por el art. único.13 de la Resolución de 24 de abril de 2018. Ref. BOE-A-2018-5716 Se modifica el apartado 1 por el art. único.11 de la Resolución de 29 de enero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1270 . Se modifica por el art. único.10 de la Resolución de 21 de octubre de 2013. Ref. BOE-A-2013-11088 .
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2000/03/28/(1)#art-80