Art. 27
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 12.ª Régimen económico. Presupuesto, cuentas anuales y beneficios

Art. 27

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En vigor desde 10 abr 2000
Conforme al artículo 4.1 de la Ley de Autonomía del Banco de España, no le serán de aplicación las leyes que regulen el régimen presupuestario, patrimonial y de contratación de los organismos públicos dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, salvo cuando dispongan expresamente lo contrario.
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eli/es/res/2000/03/28/(1)#art-27