Art. 1
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª El Reglamento Interno del Banco de España

Art. 1

1 / 103
En vigor desde 10 abr 2000
1. El presente Reglamento constituye la norma interna básica y de más alto rango de la organización y funcionamiento del Banco de España y ha sido dictado cumpliendo el mandato de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. 2. Ninguna disposición emanada de los órganos rectores y de dirección del Banco de España o de sus comisiones, servicios o personas con facultades normativas deducidas de este Reglamento podrá vulnerar o modificar sus preceptos. Su modificación queda reservada al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión Ejecutiva. 3. Las relaciones laborales con los trabajadores que prestan sus servicios al Banco de España para el desarrollo de sus funciones se regirán por la regulación laboral propia contenida en el Reglamento de Trabajo en el Banco de España.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2000/03/28/(1)#art-1