Art. Undécimo
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1. Modelo de costes.

Art. Undécimo

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En vigor desde 7 ago 2011
Las fuentes de información de las que procederán los datos deberán ser aquéllas que permitan obtener una información más veraz de acuerdo con las necesidades del sistema de contabilidad analítica.
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