Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1. Modelo de costes.
Art. Decimosexto
16 / 54En vigor desde 7 ago 2011
En aquellos casos en que la asociación de costes se ha efectuado sólo con centros, se deberá proceder a la imputación de dichos costes a las actividades que van a ser las portadoras finales de los mismos.
Para proceder a esa asociación de los denominados «costes pendientes» se utilizarán los criterios de reparto que en cada caso se determinen.
La consecuencia de esta fase deberá ser que todos los costes están asociados a actividades.
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Proeli/es/res/2011/07/28/(4)#decimosexto