Art. Tercero
Libro ANEXO

Art. Tercero

3 / 11
En vigor desde 30 jul 2005
La Dirección General del Secretariado del Gobierno velará por la correcta aplicación de las Directrices, para lo cual prestará el apoyo necesario a las Secretarías Generales Técnicas de los ministerios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2005/07/28/(1)#tercero