Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 25 mar 2020
Dicha prórroga se extenderá hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020 y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, con la modificación que se recoge en el apartado tercero.
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eli/es/res/2020/03/25/(2)#segundo