Art. Disposición final única
5 / 5En vigor desde 10 feb 2021
Esta Resolución entrará en vigor a los ocho días hábiles de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Tendrá vigencia durante el año 2021, quedando prorrogada hasta la fecha de entrada en vigor de la Resolución por la que se establezcan las medidas especiales de regulación de tráfico para el año 2022, con excepción de las restricciones por fechas concretas que se determinan en los anexos I, II, V, VI y VIII de la presente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2021/01/25/(2)#disposicion-final-unica